Foto: Irma Basarte Diez - Asociación Amigos de Los Palomares de León |
No estaría nada mal que La Nueva Crónica pusiese la autoría de las fotos correctamente. Ya que esta foto es nuestra, no del Ical.
PATRIMONIO La orden establece un límite de 30.000 euros por beneficiario en municipios de menos de 20.000 habitantes
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Junta de Castilla y León publicó este viernes, en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), el extracto de la Orden por la que se convocan subvenciones destinadas a personas físicas, comunidades de propietarios u otras comunidades de bienes y personas jurídicas sin fines de lucro para el fomento de actuaciones de conservación y restauración de bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural, situados en municipios con población inferior a 20.000 habitantes, para el año 2023.
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se convocan las personas físicas y jurídicas privadas sin fines de lucro que sean propietarias, poseedoras o titulares de derechos reales sobre bienes inmuebles integrantes del patrimonio cultural que se encuentren en alguna de las situaciones que prevé la orden por la que se establecen las bases reguladoras y que estén situados en municipios de Castilla y León con una población inferior a 20.000 habitantes o entidades locales menores pertenecientes a los mismos, de acuerdo con la última actualización del padrón de habitantes.
Asimismo, podrán acceder a la condición de beneficiario las agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas sin fines de lucro, las comunidades de propietarios, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención. En estos casos, cada miembro de la agrupación tendrá igualmente la consideración de beneficiario. No obstante, se deberá nombrar un representante con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.
La cuantía de las subvenciones se determinará según las disponibilidades presupuestarias, pudiendo alcanzar hasta el 70 por ciento del total de los gastos subvencionables, con el límite de 30.000 euros por beneficiario. En el caso de que algún beneficiario no pudiera obtener el 70 por ciento del total de los gastos subvencionables como consecuencia de la insuficiencia de la disponibilidad presupuestaria, se le subvencionará hasta agotar el crédito disponible. El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.